Auditoría ordinaria

De acuerdo con el Artículo 727, Derecho de Obligaciones, OR, una empresa está obligada a realizar una auditoría ordinaria de los estados financieros anuales o de los estados financieros consolidados si es una empresa pública, excede ciertos criterios de tamaño, tiene que preparar estados financieros consolidados o los accionistas o los estatutos así lo requieren.

Sociedad pública

Las sociedades se consideran como tales,

  • si sus títulos participativos se han cotizado en una bolsa de valores, tienen bonos en circulación o aportan al menos el 20 por ciento de los activos o del volumen de negocios o facturación a los estados financieros consolidados de una sociedad,
  • si sus títulos participativos se han cotizado en una bolsa de valores o tienen bonos en circulación.

Criterios de tamaño

Las sociedades que superen dos de los siguientes valores en dos ejercicios fiscales consecutivos:

  • activo total de 20 millones de francos,
  • ingresos por volumen de negocios de 40 millones de francos,
  • 250 puestos a tiempo completo en promedio anual.

Estado financiero consolidado

La preparación de estados financieros consolidados es necesaria por ley cuando se superan determinados criterios de tamaño.

Accionistas o estatutos

También debe llevarse a cabo una auditoría ordinaria si los accionistas que en conjunto representan al menos el 10 por ciento del capital social así lo solicitan.

En caso de que la ley no exija una auditoría ordinaria de los estados financieros anuales, los estatutos pueden prever o la asamblea general puede decidir que los estados financieros anuales sean debidamente auditados.